Artículo 146 de la Constitución Española

Texto literal del artículo 146

El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.

Texto literal contrastado el 1 de octubre de 2026 con el BOE consolidado, artículo 146. Las explicaciones de estudio se presentan separadas del texto oficial.

Sobre el artículo 146

El artículo 146 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título VIII: Organización territorial (arts. 137-158). Es uno de los 169 artículos que componen la Norma Suprema del ordenamiento jurídico español, aprobada el 6 de diciembre de 1978.

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Batería real de 2 preguntas del artículo 146

Después de analizar el artículo, toca comprobar si se domina en formato examen. Responde primero sin mirar la solución y usa la explicación para corregir el motivo exacto del fallo.

Pregunta 1

Según el artículo 146 de la Constitución, el proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por:

  1. A) Los miembros del Consejo de Gobierno de las provincias afectadas
  2. B) Los miembros de la Diputación u órgano interinsular y los Diputados y Senadores elegidos en ellas
  3. C) Cincuenta Diputados y cincuenta Senadores designados por sorteo
  4. D) Los Alcaldes de los municipios que sumen la mayoría del censo electoral
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: B) Los miembros de la Diputación u órgano interinsular y los Diputados y Senadores elegidos en ellas

Artículo 146 CE. Define la composición de la asamblea redactora: miembros de la Diputación (u órgano interinsular equivalente) junto a los Diputados y Senadores de las Cortes Generales elegidos por dichas provincias. Es una asamblea mixta de representantes locales y nacionales de la zona.

Pregunta 2

Pregunta difícil: Una vez elaborado el proyecto de Estatuto por la Asamblea prevista en el artículo 146, ¿cuál es el siguiente paso según dicho precepto?

  1. A) Será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley
  2. B) Deberá ser ratificado por referéndum en el plazo de treinta días
  3. C) Será sancionado por el Rey antes de pasar a las Cortes
  4. D) Se someterá a informe vinculante del Tribunal Constitucional
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: A) Será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley

Artículo 146 CE. El artículo establece que el proyecto 'será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley'. La trampa habitual es pensar que va directamente a referéndum o que ya es Ley Orgánica; el 146 usa el término genérico 'ley'.

Método de uso: apunta cada fallo como literalidad, órgano, plazo, mayoría o confusión con otro artículo. Repite solo las falladas en 24-72 horas.

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