1. ¿Dónde se aprueban los proyectos de ley mencionados en el artículo 88?
- En Consejo de Ministros
- En el Tribunal Constitucional
- En la Mesa del Senado
- En el Consejo General del Poder Judicial
Ver respuesta y explicación
Respuesta A. El artículo 88 dispone que los proyectos de ley sean aprobados en Consejo de Ministros. Fuente: Constitución Española, BOE, artículo 88.