Artículo 154 de la Constitución Española

Texto literal del artículo 154

Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.

Texto literal contrastado el 1 de octubre de 2026 con el BOE consolidado, artículo 154. Las explicaciones de estudio se presentan separadas del texto oficial.

Sobre el artículo 154

El artículo 154 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título VIII: Organización territorial (arts. 137-158). Es uno de los 169 artículos que componen la Norma Suprema del ordenamiento jurídico español, aprobada el 6 de diciembre de 1978.

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Batería real de 5 preguntas del artículo 154

Después de analizar el artículo, toca comprobar si se domina en formato examen. Responde primero sin mirar la solución y usa la explicación para corregir el motivo exacto del fallo.

Pregunta 1

Según el artículo 154 de la Constitución Española, ¿qué órgano tiene la competencia para nombrar al Delegado que dirigirá la Administración del Estado en el territorio de una Comunidad Autónoma?

  1. A) El Gobierno
  2. B) El Rey
  3. C) Las Cortes Generales
  4. D) El Presidente de la Comunidad Autónoma
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Respuesta correcta: A) El Gobierno

Artículo 154 CE. El texto indica literalmente: 'Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado...'. La opción B falla porque el Rey no nombra directamente a este cargo sin propuesta. Las opciones C y D carecen de base constitucional para este nombramiento.

Pregunta 2

De acuerdo con el artículo 154 de la Constitución, ¿cuál es la función principal del Delegado nombrado por el Gobierno en una Comunidad Autónoma?

  1. A) Ejercer la potestad legislativa en nombre del Estado
  2. B) Dirigir la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma
  3. C) Presidir el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma
  4. D) Sustituir al Presidente de la Comunidad en caso de vacante
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: B) Dirigir la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma

Artículo 154 CE. Establece que el Delegado 'dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma'. La opción A es falsa porque el Delegado no legisla. La C y D confunden su figura con la del Presidente de la CA regulada en el art. 152.

Pregunta 3

¿Cuál es el ámbito territorial de actuación del Delegado nombrado por el Gobierno según el artículo 154?

  1. A) El ámbito provincial exclusivamente
  2. B) Toda la Nación
  3. C) El territorio de la Comunidad Autónoma
  4. D) Las ciudades con más de 250.000 habitantes
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: C) El territorio de la Comunidad Autónoma

Artículo 154 CE. El precepto delimita su actuación al 'territorio de la Comunidad Autónoma'. No se limita a la provincia ni se extiende a toda la Nación.

Pregunta 4

Según el artículo 154, ¿con qué órgano debe coordinar el Delegado la Administración del Estado?

  1. A) Con el Tribunal Superior de Justicia
  2. B) Con las Diputaciones Provinciales
  3. C) Con la Administración General del Estado en Madrid
  4. D) Con la administración propia de la Comunidad
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: D) Con la administración propia de la Comunidad

Artículo 154 CE. El Delegado 'la coordinará [la Administración del Estado], cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad'.

Pregunta 5

Pregunta difícil: Atendiendo a la literalidad del artículo 154, la función de coordinación del Delegado del Gobierno con la administración autonómica se ejercerá:

  1. A) Cuando proceda
  2. B) En todo caso y de forma obligatoria
  3. C) Siempre que lo solicite el Presidente de la Comunidad
  4. D) Solo en materias de competencia exclusiva del Estado
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: A) Cuando proceda

Artículo 154 CE. La Constitución utiliza la expresión matizada 'cuando proceda', lo que otorga cierta flexibilidad a la función de coordinación según las necesidades del servicio y la materia.

Método de uso: apunta cada fallo como literalidad, órgano, plazo, mayoría o confusión con otro artículo. Repite solo las falladas en 24-72 horas.

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