Artículo 115 de la Constitución Española: Disolución del Congreso, Senado y Cortes

El artículo 115 CE permite al presidente del Gobierno proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, previa deliberación del Consejo de Ministros. La decreta el Rey.

Texto literal del artículo 115

1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones.

2. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura.

3. No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 99, apartado 5.

Texto literal comprobado el 10 de octubre de 2026 en el BOE consolidado, artículo 115. Explicaciones y preguntas: material de práctica independiente.

Sobre el artículo 115

La iniciativa pertenece al presidente del Gobierno, bajo su exclusiva responsabilidad y previa deliberación del Consejo de Ministros. No se atribuye simplemente al Consejo de Ministros ni a la presidencia del Congreso. El Rey decreta la disolución y el decreto fija la fecha de las elecciones.

El artículo permite proponer la disolución del Congreso, del Senado o de ambas Cámaras como Cortes Generales. El apartado 2 impide presentar la propuesta cuando está en trámite una moción de censura.

El apartado 3 impide una nueva disolución antes de un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el 99.5. Ese apartado del artículo 99 contempla la falta de investidura transcurridos dos meses desde la primera votación. No mezcles esa disolución con la iniciativa ordinaria del 115.

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Tabla de estudio rápido

Apartado o elementoRegla que debes recordarPrecisión
PropuestaPresidente del GobiernoPrevia deliberación del Consejo de Ministros
ResponsabilidadExclusiva del presidenteNo decisión atribuida solo al Consejo
DecretoReyFija fecha de elecciones
LímitesMoción en trámite y un año desde anteriorExcepción del artículo 99.5

Cómo pueden preguntarlo en el examen

«El Consejo de Ministros decreta la disolución» mezcla deliberación y decreto. «Nunca puede repetirse antes de un año» omite la excepción expresa del 99.5.

Comparativa para no confundirlo

Artículo relacionadoDiferencia
Artículo 99: Falta de investiduraEl artículo 99.5 contempla disolver ambas Cámaras si no hay investidura en el plazo que establece.
Artículo 113: Moción de censuraEl artículo 113 regula la moción; mientras esté en trámite opera el límite del 115.2.
Artículo 116: Estados excepcionalesEl artículo 116.5 impide disolver el Congreso mientras esté declarado alguno de los estados previstos en ese artículo.

Test de práctica: 5 preguntas del artículo 115

Después de analizar el artículo, toca comprobar si se domina en formato examen. Responde primero sin mirar la solución y usa la explicación para corregir el motivo exacto del fallo.

Pregunta 1

Según el artículo 115.1 de la Constitución, la propuesta de disolución de las Cámaras debe ser realizada por:

  1. A) El Presidente del Gobierno
  2. B) El Consejo de Ministros
  3. C) El Rey
  4. D) Las Cámaras por mayoría absoluta
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: A) El Presidente del Gobierno

Artículo 115.1 CE. 'El Presidente del Gobierno... podrá proponer la disolución...'. Es una facultad exclusiva del Presidente, aunque requiera deliberación previa del Consejo de Ministros 2 .

Pregunta 2

Pregunta difícil: Según el artículo 115.2, la propuesta de disolución no podrá presentarse cuando:

  1. A) Se haya declarado el estado de sitio
  2. B) Esté en trámite una moción de censura
  3. C) Haya transcurrido más de un año desde las últimas elecciones
  4. D) El Rey se encuentre fuera del territorio nacional
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: B) Esté en trámite una moción de censura

Artículo 115.2 CE. 'La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura'. Esta regla impide que el Presidente evite ser censurado disolviendo la Cámara que le cuestiona 2 .

Pregunta 3

De acuerdo con el artículo 115.3, ¿cuánto tiempo debe transcurrir como norma general para que proceda una nueva disolución de las Cámaras?

  1. A) Seis meses desde la anterior
  2. B) Dos años desde el inicio de la legislatura
  3. C) Un año desde la anterior
  4. D) Tres meses desde la última votación de confianza
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: C) Un año desde la anterior

Artículo 115.3 CE. 'No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior'. Se establece una excepción por remisión al artículo 99.5 para casos de bloqueo en la investidura 2 .

Pregunta 4

Pregunta difícil: Atendiendo a la literalidad del artículo 115.1, ¿qué contenido obligatorio debe fijar el decreto de disolución que decreta el Rey?

  1. A) El nombre del nuevo candidato a la Presidencia
  2. B) El presupuesto extraordinario para la campaña
  3. C) La justificación de la extraordinaria necesidad
  4. D) La fecha de las elecciones
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: D) La fecha de las elecciones

Artículo 115.1 CE. El artículo termina indicando: 'El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones'. Esto asegura la convocatoria inmediata de nuevos comicios tras la disolución parlamentaria 2 .

Pregunta 5

Según el artículo 115.1, ¿qué órganos pueden ser objeto de la propuesta de disolución por parte del Presidente del Gobierno?

  1. A) Solo el Congreso de los Diputados
  2. B) Únicamente las Asambleas de las Comunidades Autónomas
  3. C) Exclusivamente el Senado
  4. D) El Congreso, el Senado o las Cortes Generales
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: D) El Congreso, el Senado o las Cortes Generales

Artículo 115.1 CE. El Presidente puede proponer la disolución 'del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales' (es decir, ambas Cámaras simultáneamente). La opción D recoge fielmente la previsión constitucional 2 .

Respuesta rápida: Propone el presidente; delibera previamente el Consejo; decreta el Rey. No propuesta con moción en trámite ni nueva disolución antes de un año, salvo 99.5.

Resumen final de 20 segundos

Propone el presidente; delibera previamente el Consejo; decreta el Rey. No propuesta con moción en trámite ni nueva disolución antes de un año, salvo 99.5.

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