Estados de alarma, excepción y sitio: diferencias clave
Tabla comparativa: cuál dura 15 días, cuál 30, cuál no tiene límite, quién declara cada uno, cómo se prorroga.
| Aspecto | Alarma | Excepción | Sitio |
|---|---|---|---|
| Declaración | Gobierno, mediante decreto acordado en Consejo de Ministros. | Gobierno, mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, con autorización previa del Congreso. | Congreso, por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno. |
| Duración inicial | Máximo de 15 días. | Máximo de 30 días. | El Congreso determina su duración, ámbito territorial y condiciones. |
| Prórroga | Requiere autorización del Congreso. | Por otro plazo igual, con los mismos requisitos. | Se ajusta a lo determinado por el Congreso; el artículo no fija un máximo numérico. |
| Derechos | El artículo 55.1 no incluye el estado de alarma entre los supuestos de suspensión de los derechos allí enumerados. | Puede haber suspensión de los derechos enumerados en el artículo 55.1, con la excepción prevista para el 17.3. | Puede haber suspensión de los derechos enumerados en el artículo 55.1, en los términos constitucionales. |
Truco para no confundirse
Comprueba la norma y practica
Fuente: Constitución en el BOE. Tabla revisada el 1 de octubre de 2026. Distingue siempre la regla general de sus excepciones.