Artículo 47 de la Constitución Española: Vivienda digna y adecuada
Idea clave: Reconoce vivienda digna y adecuada y vincula suelo, interés general, especulación y plusvalías urbanísticas.
Texto literal del artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Texto literal contrastado el 1 de octubre de 2026 con el BOE consolidado, artículo 47. Las explicaciones de estudio se presentan separadas del texto oficial.
Explicación para opositores
El artículo 47 se encuentra en Capítulo III: principios rectores. Para preparar una oposición no basta con saber de qué trata: hay que dominar el sujeto obligado, los verbos constitucionales y las palabras que el tribunal suele cambiar en las respuestas falsas.
La lectura útil es doble. Primero, memoriza el texto literal. Después, identifica si el artículo reconoce un derecho, impone un deber, atribuye una competencia, remite a una ley o establece una garantía. Esa clasificación evita muchos fallos en preguntas tipo test.
Desglose práctico
- Ubicación: Capítulo III: principios rectores.
- Núcleo: Reconoce vivienda digna y adecuada y vincula suelo, interés general, especulación y plusvalías urbanísticas.
- Tipo de pregunta habitual: literalidad, sujeto competente, límites, plazos, garantías o conexiones con artículos cercanos.
- Cómo estudiarlo: subraya verbos como “reconoce”, “garantizará”, “regulará”, “corresponde”, “podrán” o “deberán”, porque cambian mucho el sentido jurídico.
Claves de examen
- Sujeto literal: todos los españoles.
- La vivienda debe ser digna y adecuada.
- El suelo se regula conforme al interés general para impedir especulación.
- La comunidad participa en plusvalías urbanísticas.
Errores típicos
- Tratarlo como derecho fundamental de amparo directo: pertenece al Capítulo III de principios rectores, salvo su desarrollo legal.
- Estudiar solo el título y no las expresiones literales que suelen aparecer en test.
- Olvidar el sujeto exacto: “todos”, “todos los españoles”, “poderes públicos”, “Estado”, “Rey” o “Cortes”, según corresponda.
Conexiones importantes
Conviene relacionarlo con los artículos inmediatamente anteriores y posteriores, porque muchos test mezclan artículos contiguos. En esta tanda, los artículos 35 a 55 cierran el Título I sobre derechos, deberes, garantías y suspensión; los artículos 56 a 65 forman el bloque de la Corona; y los artículos 66 a 68 abren el bloque de las Cortes Generales.
Regla rápida para memorizar
Artículo 47 = Vivienda digna y adecuada. Asocia el número del artículo con su palabra clave y repítelo en voz alta antes de hacer test: “47, Vivienda digna y adecuada”. Es simple, pero en oposición gana quien reduce dudas pequeñas.
Practica
Mini test rápido del artículo 47
- ¿Dónde está ubicado?
Capítulo III: principios rectores. - ¿Cuál es la idea clave?
Reconoce vivienda digna y adecuada y vincula suelo, interés general, especulación y plusvalías urbanísticas. - ¿Qué debes memorizar literal?
Sujeto literal: todos los españoles.
Texto legal de referencia: Constitución Española, texto consolidado del BOE.
Batería real de 5 preguntas del artículo 47
Después de analizar el artículo, toca comprobar si se domina en formato examen. Responde primero sin mirar la solución y usa la explicación para corregir el motivo exacto del fallo.
Pregunta 1
Según el artículo 47, ¿quiénes tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada?
- A) Todos los españoles
- B) Todas las personas
- C) Los ciudadanos
- D) Los residentes legales
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: A) Todos los españoles
Artículo 47 CE. El precepto comienza reconociendo este derecho a 'Todos los españoles'. Se distingue de otros artículos que usan 'Todos' o 'Todas las personas' 1 .
Pregunta 2
¿Cómo define la Constitución la vivienda a la que tienen derecho los españoles en el artículo 47?
- A) Accesible y económica
- B) Digna y adecuada
- C) Pública y suficiente
- D) Segura e higiénica
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: B) Digna y adecuada
Artículo 47 CE. El texto constitucional especifica que el derecho es a disfrutar de una vivienda 'digna y adecuada' 1 .
Pregunta 3
Pregunta difícil: De acuerdo con el artículo 47, los poderes públicos regularán la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para:
- A) Garantizar la propiedad privada
- B) Fomentar la construcción de viviendas protegidas
- C) Impedir la especulación
- D) Asegurar la sostenibilidad ambiental
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: C) Impedir la especulación
Artículo 47 CE. La regulación del suelo por parte de los poderes públicos tiene como fin constitucional expreso 'impedir la especulación'. Otras finalidades pueden existir legalmente, pero esta es la literal de la Constitución 1 .
Pregunta 4
¿En qué participará la comunidad según el artículo 47 de la Constitución?
- A) En la gestión de los centros de acogida
- B) En los beneficios de las inmobiliarias públicas
- C) En la adjudicación de las viviendas sociales
- D) En las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: D) En las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos
Artículo 47 CE. El precepto finaliza indicando que 'La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos' 1 .
Pregunta 5
¿Qué deben hacer los poderes públicos para hacer efectivo el derecho a la vivienda según el artículo 47?
- A) Promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes
- B) Construirán viviendas para todos los ciudadanos sin recursos
- C) Subvencionarán el pago de los alquileres
- D) Garantizarán el acceso al crédito hipotecario
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: A) Promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes
Artículo 47 CE. El mandato para los poderes públicos es promover 'las condiciones necesarias' y establecer 'las normas pertinentes' para hacer efectivo el derecho 1 .
Método de uso: apunta cada fallo como literalidad, órgano, plazo, mayoría o confusión con otro artículo. Repite solo las falladas en 24-72 horas.
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