Pregunta 1
Según el artículo 125 de la Constitución, ¿de qué formas pueden los ciudadanos participar en la Administración de Justicia?
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: C) Mediante la institución del Jurado y la acción popular
Artículo 125 CE. Los ciudadanos pueden participar mediante la acción popular, la institución del Jurado y en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales. La opción A es falsa ya que no hay elección ciudadana de jueces (art. 117 y 122).