Artículo 11 de la Constitución Española: Nacionalidad española
Guía ampliada para opositores: texto literal, explicación clara, desglose por apartados, claves de examen, errores típicos, conexiones con otros artículos y mini test final.
Idea clave: Regula nacionalidad, protección del español de origen y tratados de doble nacionalidad.
Ubicación: Capítulo I: españoles y extranjeros. Texto revisado conforme al texto consolidado de la Constitución Española publicado por el BOE.
Texto literal del artículo 11
1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.
Texto literal contrastado el 1 de octubre de 2026 con el BOE consolidado, artículo 11. Las explicaciones de estudio se presentan separadas del texto oficial.
Consultar texto consolidado en el BOE
Explicación del artículo 11 para estudiar
El artículo 11 no desarrolla todos los modos de adquirir la nacionalidad, sino que remite a la ley. Lo constitucionalmente fuerte es que ningún español de origen puede ser privado de su nacionalidad.
El apartado 3 permite tratados de doble nacionalidad con países iberoamericanos y con aquellos que hayan tenido o tengan particular vinculación con España. Es un apartado de literalidad fina.
Desglose por partes
| Parte | Qué debes entender |
|---|
| Adquisición, conservación y pérdida | Se regulan por ley. |
| Español de origen | No puede ser privado de su nacionalidad. |
| Doble nacionalidad | Tratados con países iberoamericanos o con especial vinculación con España. |
| Naturalización | En esos países los españoles podrán naturalizarse sin perder la nacionalidad de origen. |
Claves de examen del artículo 11
- La protección absoluta se refiere al español de origen.
- No todos los españoles tienen idéntico régimen constitucional frente a la privación; el texto habla de “español de origen”.
- La doble nacionalidad requiere tratados y países concretos.
- “Particular vinculación con España” es expresión literal.
Errores típicos que debes evitar
- Decir que ningún español puede perder nunca la nacionalidad.
- Olvidar los países iberoamericanos.
- Confundir adquisición de nacionalidad con mayoría de edad del artículo 12.
Conexiones con otros artículos
Conecta con el artículo 13 sobre extranjeros y con el Código Civil, que desarrolla la nacionalidad.
Regla rápida para memorizar
Mnemotecnia: “11 = dos unos: origen y doble nacionalidad”: protege al español de origen y abre la doble nacionalidad.
Cómo pueden preguntarlo en un test
Cuando una pregunta cite este artículo, sospecha de cambios pequeños en palabras clave, sujetos, límites, plazos o mayorías. En Constitución, muchas preguntas no buscan que “entiendas más o menos”, sino que detectes una palabra cambiada.
1. ¿Quién no puede ser privado de su nacionalidad?
Respuesta: Ningún español de origen.
2. ¿La nacionalidad se regula directamente completa en la Constitución?
Respuesta: No, se remite a la ley.
3. ¿Con qué países pueden concertarse tratados de doble nacionalidad?
Respuesta: Iberoamericanos o con particular vinculación con España.
Batería real de 5 preguntas del artículo 11
Después de analizar el artículo, toca comprobar si se domina en formato examen. Responde primero sin mirar la solución y usa la explicación para corregir el motivo exacto del fallo.
Pregunta 1
Según el artículo 11.1 de la Constitución, la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde:
- A) De acuerdo con lo establecido en la propia Constitución
- B) Según lo que dispongan los Tratados Internacionales
- C) De acuerdo con lo establecido por la ley
- D) Mediante Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: C) De acuerdo con lo establecido por la ley
Artículo 11.1 CE. La Constitución remite íntegramente la regulación de la adquisición, conservación y pérdida de la nacionalidad a lo 'establecido por la ley' (actualmente el Código Civil).
Pregunta 2
Conforme al artículo 11.2 de la Constitución Española, ¿quién no podrá ser privado de su nacionalidad?
- A) Cualquier ciudadano español
- B) Los españoles que hayan adquirido la nacionalidad por residencia
- C) Los españoles que ostenten doble nacionalidad
- D) Ningún español de origen
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: D) Ningún español de origen
Artículo 11.2 CE. El precepto protege de forma absoluta a los 'españoles de origen', prohibiendo que sean privados de su nacionalidad. Los españoles que no lo son de origen sí pueden perderla en los casos que la ley prevea.
Pregunta 3
¿Con qué países puede el Estado concertar tratados de doble nacionalidad según el artículo 11.3?
- A) Con los países iberoamericanos o con aquellos que tengan una particular vinculación con España
- B) Exclusivamente con los Estados miembros de la Unión Europea
- C) Con cualquier país que reconozca el principio de reciprocidad
- D) Con aquellos países que formen parte de la comunidad histórica de la Corona
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: A) Con los países iberoamericanos o con aquellos que tengan una particular vinculación con España
Artículo 11.3 CE. El texto permite tratados de doble nacionalidad con 'países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España'.
Pregunta 4
Según el artículo 11.1 de la CE, la nacionalidad española se:
- A) Adquiere y se pierde únicamente
- B) Adquiere, se conserva y se pierde
- C) Otorga y se retira por ley
- D) Transmite, se adquiere y se extingue
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: B) Adquiere, se conserva y se pierde
Artículo 11.1 CE. Los tres verbos exactos que utiliza la Constitución son 'adquiere', 'conserva' y 'pierde'.
Pregunta 5
En los países iberoamericanos, los españoles podrán naturalizarse sin perder su nacionalidad de origen según el artículo 11.3:
- A) Siempre que exista un derecho recíproco para sus ciudadanos
- B) Sólo si lo autoriza el Gobierno español previamente
- C) Aun cuando dichos países no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco
- D) Siempre que renuncien a sus derechos políticos en España
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: C) Aun cuando dichos países no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco
Artículo 11.3 CE. Es una excepción importante a la reciprocidad: en los países citados, los españoles podrán naturalizarse sin perder su nacionalidad de origen 'aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco'.
Método de uso: apunta cada fallo como literalidad, órgano, plazo, mayoría o confusión con otro artículo. Repite solo las falladas en 24-72 horas.
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